Senadores Ajustan Reforma de Sheinbaum a la Ley de Amparo tras Audiencias Públicas: Conoce las Modificaciones

Senadores ajustan la reforma de Sheinbaum a la Ley de Amparo tras audiencias públicas; se modifican aspectos relacionados con los recursos legales.
Autor
Redacción
Publicado el
October 1, 2025

Después de dos días de audiencias públicas en el Senado, donde participaron jueces, académicos, organizaciones civiles y especialistas, las comisiones encargadas de revisar la reforma a la Ley de Amparo, propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum, decidieron realizar una serie de modificaciones.

El documento menciona que las modificaciones realizadas a la iniciativa presidencial buscan reforzar la certeza jurídica, evitar restricciones indebidas al acceso a la justicia y garantizar la protección efectiva de los derechos humanos.

Uno de los cambios principales se relaciona con el interés legítimo, una figura clave que determina quién puede presentar un amparo. Aunque se mantuvo la intención de delimitar sus elementos, las comisiones eliminaron requisitos que fueron considerados excesivamente restrictivos en el texto original, como la exigencia de que el daño fuera “actual” y que el beneficio fuera “directo”. La intención es evitar que personas o colectivos quedaran fuera del derecho a defenderse.

También se aclaró que el daño puede afectar tanto a personas como a grupos, es decir, la afectación puede ser individual o colectiva, en concordancia con el artículo 107 constitucional. Esto adquiere relevancia en temas colectivos como el medio ambiente o los derechos de comunidades.

En materia fiscal, se estableció que las leyes o reglas usadas para cobrar impuestos solo podrán impugnarse en un juicio de amparo cuando el crédito fiscal ya sea definitivo. Además, se especificaron los métodos con los que los contribuyentes pueden garantizar el pago mientras dura el juicio, como billetes de depósito o cartas de crédito, cada uno con requisitos distintos y supervisados por autoridades financieras.

Otro cambio realizado por las comisiones es la ampliación de 60 a 90 días naturales del plazo para que los jueces puedan dictar una sentencia en un juicio de amparo, tanto por parte de los tribunales como del Tribunal de Disciplina Judicial.

En el mismo sentido, se amplió de tres a cinco días el plazo para que las personas, especialmente aquellas con menos recursos, puedan presentar las garantías que la ley exige en estos juicios, ya que esos trámites suelen tardar más tiempo en la práctica, especialmente para personas en situación de vulnerabilidad o con acceso limitado a mecanismos financieros.

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