
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de varios artículos relacionados con el acceso a la información pública digitalizada, pertenecientes a leyes de ingresos de diversos municipios en Michoacán, Durango y Guerrero. Esta decisión viene acompañada de un **exhorto específico** a los Congresos locales de dichos estados, instándolos a desarrollar métodos para determinar el costo del servicio de fotocopiado.
Las normativas invalidadas establecían tarifas que oscilaban entre los 22 y 565.70 pesos por hoja digitalizada, valores que se consideraron una violación al principio de proporcionalidad tributaria.
El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, propuso este exhorto con la intención de "dar un paso adelante". **Ortiz sugirió** que el Legislativo local adopte un método para determinar el costo del servicio, mencionando como posible ejemplo el método de mercadeo. "Si nosotros vamos al municipio correspondiente y ahí un particular cobra la copia en 5 o 7 pesos, incluyendo su utilidad, pues habría que deducir la utilidad y tendríamos el costo de una copia en ese lugar", explicó Aguilar.
Según Aguilar, el “punto duro de estos temas a debate" es determinar "¿cómo determinar el costo del servicio?... porque en ningún decreto se anuncia que hubo un método para calcularlo. Si no sabemos cuánto cuesta el servicio, hay una danza de cifras en la cuota del pago de derechos, y eso se advierte en los propios documentos que estamos analizando".
La ministra Yasmín Esquivel, al presentar su proyecto de sentencia sobre la acción de inconstitucionalidad 5/2025, propuso declarar la invalidez de las normas que establecen cobros por información entregada en dispositivos magnéticos, discos compactos o DVDs, citando que violan el principio de gratuidad que rige el derecho constitucional de acceso a la información. Además, destacó que el legislador local no justificó de manera objetiva y razonable el costo de los materiales para la reproducción de la información solicitada.
Durante la sesión, el pleno de la Corte abordó un total de 14 asuntos, todos relacionados con leyes locales, que incluyeron seis acciones de inconstitucionalidad y ocho controversias constitucionales.