La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha aclarado el estatus legal de las obras creadas por Inteligencia Artificial (IA) en México. En una tarjeta informativa emitida el pasado 14 de julio, el máximo tribunal desmintió la noción de que las obras producidas por IA no pueden estar protegidas por derechos de autor.
En respuesta a las dudas existentes, la SCJN puntualizó que cualquier afirmación que sostenga lo contrario es “incorrecta”. Aun así, el tribunal aseguró que no se ha establecido una doctrina de dominio público general para dichas obras. Este fallo, que aún está a la espera de su redacción final, está programado para ser publicado el 6 de agosto y surge en el contexto del amparo directo 6/2025, el cual está pendiente de una resolución definitiva el próximo mes.
IA como autor
El debate se originó a partir del caso de Gerald García Báez, quien intentó registrar un “Avatar virtual: Gerald García Báez” generado mediante la plataforma Leonardo AI en el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor). Para ello, García Báez proporcionó fotos y directrices concretas a la IA con el fin de obtener derechos patrimoniales sobre el resultado. En un giro inusual, también reclamó derechos morales para la IA misma.
La petición fue rechazada en agosto de 2024. Posteriormente, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa respaldó la negativa, lo que llevó a García Báez a elevar el caso a la SCJN, alegando que la situación tenía “trascendencia para el Estado mexicano”.