Hace siete meses, Fernanda de Luca se presentó ante el Senado de la Nación Argentina para relatar la experiencia judicial vivida por su esposo, Juan Trigatti, quien fue acusado injustamente de abusar sexualmente de cinco niñas. Durante cuatro años, la familia sufrió una persecución que terminó con una absolución en primera instancia, apenas un mes antes de su testimonio.
Juan Trigatti era profesor de educación física en un jardín de infantes. Su vida cambió drásticamente cuando fue detenido por las acusaciones. Poco después, Fernanda fue advertida de que su dirección circulaba públicamente y se le recomendó abandonar su hogar inmediatamente. Al poco tiempo, una turba violenta irrumpió en la casa familiar, incendiándola, saqueándola y asesinando a sus dos mascotas. La familia perdió absolutamente todo en cuestión de horas.
El caso comenzó cuando una madre notó un golpe en la ingle de su hija. La niña explicó que había sufrido una caída jugando en un tractor del jardín. Insatisfecha con esta respuesta y alarmada, la madre presionó a su hija, quien nunca acusó al profesor. Luego de varias consultas médicas infructuosas, la madre acudió a la Unidad de Delitos de Género, donde la niña fue sometida a un invasivo hisopado.
Rápidamente, la noticia se difundió en grupos de WhatsApp de padres del colegio, desatando una histeria colectiva y generando cuatro acusaciones adicionales contra Trigatti. Los incidentes llevaron también a la destrucción del jardín, incluyendo las cámaras de seguridad que podrían haber exonerado al docente y evitado años de angustia para todas las partes involucradas.
El proceso judicial estuvo marcado por graves violaciones al debido proceso, llegando incluso a registrarse testimonios de menores que nunca coincidieron en tiempo y lugar con Trigatti. De hecho, se confirmó que una de las niñas que supuestamente testificaba contra Trigatti jamás tuvo clases con él en persona. Finalmente, en octubre de 2024, Trigatti fue absuelto. El tribunal consideró que existieron testimonios contaminados por influencia externa y criticó duramente la actuación de la Fiscalía y la inacción policial, destacando que los relatos fueron claramente influenciados por la presión colectiva vivida durante meses.
El 24 de junio se apeló la sentencia absolutoria. En esta apelación participaron con Amicus Curiae organizaciones feministas como CLADEM, Red Viva, Fundación Thelma Fardín y MEDH. Los jueces Jorge Andrés, Alejandro Tizón y Sebastián Creus revocaron la absolución anterior y condenaron a Trigatti a 12 años de prisión. La sentencia se basó en interpretaciones de convenciones internacionales como Belém Do Pará y CEDAW, cuestionadas por ignorar la presunción de inocencia, descartar pruebas clave y testimonios de más de cien testigos, y dar validez a testimonios probadamente falsos.
Aunque no se atribuye dolo a las familias denunciantes, sí se señala responsabilidad en las instituciones que manejaron el caso. La sentencia argumenta que no existía motivación alguna para que las niñas mintieran, asumiendo así la veracidad de sus testimonios. Expertos legales han subrayado que las denuncias falsas pueden surgir no solo del dolo, sino también de la ignorancia, preocupación genuina o histeria colectiva.
El Ministro de Justicia argentino ha reconocido públicamente la gravedad de las denuncias falsas y ha prometido medidas para combatirlas. Sin embargo, casos como el de Juan Trigatti ponen en cuestión la capacidad del sistema judicial argentino para garantizar adecuadamente la presunción de inocencia y respetar el debido proceso.