Legisladores Condenan Matrimonio Infantil en Guerrero y Exigen Sanciones

Legisladores condenan bodas de menores en Guerrero y exigen sanciones para quienes las permitan y realicen, buscando proteger los derechos infantiles.
Autor
Redacción
Publicado el
May 8, 2025

La bancada de Morena en el Congreso del Estado de Guerrero ha expresado su condena ante una boda entre menores celebrada recientemente en San Pedro Cuitlapa, municipio de Tlacoachistlahuaca. En un comunicado, los legisladores instaron a las autoridades a realizar una investigación exhaustiva y sancionar a los responsables.

**"Exigimos que se investiguen y sancionen a los involucrados en la 'unión' entre menores de edad",** señala el comunicado. En Guerrero, el matrimonio infantil está prohibido, al igual que cualquier forma de convivencia forzada entre menores. **"Reiteramos que el matrimonio infantil en Guerrero está prohibido,"** añade el documento, instando a las autoridades a hacer cumplir las leyes.

Además, los legisladores hicieron un llamado a la sociedad a no tolerar este tipo de actos ilegales. **"Es obligación de todas y todos garantizar los derechos de las niñas y los niños,"** subrayaron.

Desde el Congreso local, aseguran haber implementado reformas para combatir estas prácticas. **"Hemos fortalecido el marco normativo local para preservar el interés superior de la niñez y combatir las malas prácticas,"** indicaron, reafirmando su compromiso con la erradicación de dichas prácticas.

El comunicado concluyó con un respaldo a las políticas del gobierno estatal y federal. **"Nos seguimos sumando a las acciones emprendidas para poner en el centro de toda política pública el interés superior de las niñas y niños,"** destacaron.

En Guerrero, tanto el Código Civil como la Ley Número 812 para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado prohíben el matrimonio infantil. El artículo 44 del Código Civil establece que **"la edad mínima para contraer matrimonio es de dieciocho años cumplidos, sin excepción,"** mientras que el artículo 77 de la Ley 812 señala que **"las niñas, niños y adolescentes no podrán ser obligados a contraer matrimonio ni a uniones de hecho, cualquiera que sea la denominación con la que se les identifique."**

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